Se incorpora al Código Municipal de Faltas, en su Título V sobre Espectáculos Públicos, el artículo 14 bis, en la siguiente forma: “El que organizare un espectáculos circense y no cumpliera con las disposiciones relativas a la prohibición de la exhibición de animales en su función, será sancionado con clausura o multa de cien (100) a quinientos (500) UM”.
La ordenanza fue aprobada en la 35 sesión ordinaria en Concejo Deliberante de la Capital.
La norma también abarca a los sitios de entrenamiento con fines comerciales, benéficos o didácticos, ya puedan tener como atractivo principal o secundario la exhibición o participación de animales de cualquier especie.
La norma se dicta a instancias de la edil Silvia Fedeli, al expediente se agregó una propuesta de las mismas características realizada por la concejal Amabilia Ortiz.
El objetivos que se pretende con este proyecto es asumir una política de protección a los animales con base en el respeto a la vida. Se prohíben los espectáculos de circo con animales de cualquier especie, erradicando de esta forma, los tratos inhumanos a los que se somete a los animales, tales como castigos corporales y el padecimiento de vivir en cautiverio; además de la falta de condiciones en alojamiento de los animales salvajes y sus deficiencias alimentarias.
En la presentación de la norma se sostuvo que: “La actividad circense puede desarrollarse perfectamente sin la necesidad de incluir en los espectáculos animales salvajes, siendo su erradicación una tendencia mundial.
Se añadió: “Es una tendencia mundial que los animales empiecen a desaparecer de los circos. Sabido es que animales tales como leones, elefantes, tigres, etc. sufren en cautiverio y además son sometidos a castigos para entrenarlos. Además, la mayoría de los circos carece de la documentación que pruebe el origen lícito y el estado sanitario del animal”.
Ideas que se mencionan también la Declaración Universal de los Derechos del Animal, aprobada por UNESCO y ONU, a la que la comuna de la Capital e Cajamarca se encuentra adherida a través de la ordenanza Nº 3760/04.
Expresa en su artículo 10 que “ningún animal debe ser explotado para el esparcimiento del hombre y que las exhibiciones de animales y los espectáculos que se sirven de los mismos son incompatibles con la dignidad del animal”.
La presente ordenanza entrará en vigencia dentro de los 60 días contados a partir de su promulgación.
Fuente: DiarioC
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