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Aprobado el decreto que regula las condiciones de sanidad y zootécnicas de los animales en Andalucía.
El Consejo de Gobierno ha aprobado el decreto que 
establece las condiciones de sanidad y zootécnicas de los animales. La 
norma dota de una regulación de carácter autonómico a esta materia clave
 para el sector ganadero, que hasta ahora se regía por la legislación 
básica estatal en los ámbitos de vigilancia epidemiológica; prevención y
 erradicación de enfermedades; programas sanitarios; bienestar animal y 
núcleos zoológicos. Junto con ello, también actualiza la normativa 
andaluza relativa a movimiento pecuario, Agrupaciones de Defensa 
Sanitaria (ADGS) y establecimientos de cría y usuarios de animales de 
experimentación.
                
Web Junta Andalucía, 13 marzo 2012
Entre las novedades del decreto destaca 
la creación del Sistema de Vigilancia Epidemiológica de Animales en 
explotaciones ganaderas y de compañía de Andalucía, que a su vez 
conllevará la constitución de una red sanitaria veterinaria con recursos
 tanto públicos como privados. Este sistema tendrá funciones de recogida
 sistemática y puntual de datos, análisis de los mismos y difusión de 
información y recomendaciones. Su desarrollo complementará el Plan 
Andaluz de Vigilancia Epidemiológica, dispositivo de prevención, 
diagnóstico, seguimiento e investigación que la Junta desarrolla para la
 detección precoz y la disminución de la incidencia de las enfermedades 
animales, con 30.000 controles y 10 millones de análisis de muestras al 
año.
Asimismo, el decreto crea el Registro 
Único de Ganadería de Andalucía, en el que se integran como secciones 
los registros que actualmente funcionan para las ADSG, transportistas y 
explotaciones y en el que, además, se incorporan otras sobre movimiento 
de ganado, identificación individual de animales, centros de limpieza y 
desinfección de vehículos de transporte, centros y equipos de recogida, 
almacenamiento y distribución de material genético para reproducción 
animal y agentes certificadores.
Junto con estos instrumentos, la norma 
aprobada por el Consejo de Gobierno también introduce medidas de 
simplificación y agilización administrativa para el comercio pecuario. 
De este modo, la solicitud y emisión del documento (guía) de traslado 
animal podrá realizarse a través de medios telemáticos. Su plazo de 
expedición se reduce de cinco a tres días hábiles desde el momento de la
 petición, mientras que el periodo de vigencia pasa de cinco a siete 
días naturales.
Asimismo, estas guías de traslado, que 
en Andalucía alcanzan una cifra anual de alrededor de 300.000, ya no se 
exigirán en los casos de movimientos en explotaciones ganaderas del 
mismo titular y el mismo término municipal calificadas sanitariamente; 
de équidos dentro de Andalucía sin cambio de titularidad y con retorno a
 la finca de origen en menos de diez días, y de aves de corral para 
exposiciones y concursos dentro de la comunidad.
En el caso de concentraciones de 
animales procedentes de distintas explotaciones, con ocasión de eventos 
como ferias de ganado o romerías, la autorización administrativa se 
sustituye por una comunicación dirigida a la Delegación Provincial de 
Agricultura.
Por otra parte, y en relación con los 
programas sanitarios, el decreto abre la posibilidad de realizar 
regulaciones específicas adaptadas a los distintos modelos de 
explotaciones, como las vinculadas a la trashumancia o a la dehesa.
Otra medida novedosa es la consolidación
 de la Escuela de Pastores de Andalucía, una iniciativa de las 
consejerías de Agricultura y Medio Ambiente que hasta ahora se ha 
desarrollado de forma experimental y que, tras dos ediciones, se 
formaliza como un programa formativo específico. Entre otras materias, 
se impartirán contenidos relacionados con el manejo de pastos, sanidad 
animal, zootécnicas y medidas medioambientales.
Simplificación de trámites
Finalmente, el decreto también 
simplifica los procedimientos de autorización de núcleos zoológicos, 
parques zoológicos, colecciones científicas y centros de conservación, 
recuperación y reintroducción de especies silvestres. Las personas 
interesadas en tener estas instalaciones ya no tendrán que dirigirse a 
dos administraciones, ya que se suprime el requisito referido a la Consejería de Agricultura y Pesca.
 A partir de ahora, el trámite sólo se llevará a cabo ante los 
ayuntamientos en el caso de los núcleos zoológicos (dedicados a venta, 
adiestramiento y cuidado de animales de compañía) y ante la Consejería 
de Medio Ambiente en el resto de instalaciones.
El sector ganadero andaluz supone un 15%
 de la Producción Final Agraria, con un valor de 1.544 millones de euros
 anuales y un protagonismo destacado en la industria agroalimentaria. 
Sus más de 116.000 explotaciones albergan 6,3 millones de cabezas, 18,4 
millones de aves y 535.457 colmenas.
Andalucía es la primera comunidad 
autónoma española en censos caprino y equino, así como en explotaciones 
apícolas. Ocupa el segundo puesto en avicultura de carne, el cuarto en 
ganado bovino y porcino y el quinto en ovino.