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Aprobado el decreto que regula las condiciones de sanidad y zootécnicas de los animales en Andalucía.
El Consejo de Gobierno ha aprobado el decreto que
establece las condiciones de sanidad y zootécnicas de los animales. La
norma dota de una regulación de carácter autonómico a esta materia clave
para el sector ganadero, que hasta ahora se regía por la legislación
básica estatal en los ámbitos de vigilancia epidemiológica; prevención y
erradicación de enfermedades; programas sanitarios; bienestar animal y
núcleos zoológicos. Junto con ello, también actualiza la normativa
andaluza relativa a movimiento pecuario, Agrupaciones de Defensa
Sanitaria (ADGS) y establecimientos de cría y usuarios de animales de
experimentación.
Web Junta Andalucía, 13 marzo 2012
Entre las novedades del decreto destaca
la creación del Sistema de Vigilancia Epidemiológica de Animales en
explotaciones ganaderas y de compañía de Andalucía, que a su vez
conllevará la constitución de una red sanitaria veterinaria con recursos
tanto públicos como privados. Este sistema tendrá funciones de recogida
sistemática y puntual de datos, análisis de los mismos y difusión de
información y recomendaciones. Su desarrollo complementará el Plan
Andaluz de Vigilancia Epidemiológica, dispositivo de prevención,
diagnóstico, seguimiento e investigación que la Junta desarrolla para la
detección precoz y la disminución de la incidencia de las enfermedades
animales, con 30.000 controles y 10 millones de análisis de muestras al
año.
Asimismo, el decreto crea el Registro
Único de Ganadería de Andalucía, en el que se integran como secciones
los registros que actualmente funcionan para las ADSG, transportistas y
explotaciones y en el que, además, se incorporan otras sobre movimiento
de ganado, identificación individual de animales, centros de limpieza y
desinfección de vehículos de transporte, centros y equipos de recogida,
almacenamiento y distribución de material genético para reproducción
animal y agentes certificadores.
Junto con estos instrumentos, la norma
aprobada por el Consejo de Gobierno también introduce medidas de
simplificación y agilización administrativa para el comercio pecuario.
De este modo, la solicitud y emisión del documento (guía) de traslado
animal podrá realizarse a través de medios telemáticos. Su plazo de
expedición se reduce de cinco a tres días hábiles desde el momento de la
petición, mientras que el periodo de vigencia pasa de cinco a siete
días naturales.
Asimismo, estas guías de traslado, que
en Andalucía alcanzan una cifra anual de alrededor de 300.000, ya no se
exigirán en los casos de movimientos en explotaciones ganaderas del
mismo titular y el mismo término municipal calificadas sanitariamente;
de équidos dentro de Andalucía sin cambio de titularidad y con retorno a
la finca de origen en menos de diez días, y de aves de corral para
exposiciones y concursos dentro de la comunidad.
En el caso de concentraciones de
animales procedentes de distintas explotaciones, con ocasión de eventos
como ferias de ganado o romerías, la autorización administrativa se
sustituye por una comunicación dirigida a la Delegación Provincial de
Agricultura.
Por otra parte, y en relación con los
programas sanitarios, el decreto abre la posibilidad de realizar
regulaciones específicas adaptadas a los distintos modelos de
explotaciones, como las vinculadas a la trashumancia o a la dehesa.
Otra medida novedosa es la consolidación
de la Escuela de Pastores de Andalucía, una iniciativa de las
consejerías de Agricultura y Medio Ambiente que hasta ahora se ha
desarrollado de forma experimental y que, tras dos ediciones, se
formaliza como un programa formativo específico. Entre otras materias,
se impartirán contenidos relacionados con el manejo de pastos, sanidad
animal, zootécnicas y medidas medioambientales.
Simplificación de trámites
Finalmente, el decreto también
simplifica los procedimientos de autorización de núcleos zoológicos,
parques zoológicos, colecciones científicas y centros de conservación,
recuperación y reintroducción de especies silvestres. Las personas
interesadas en tener estas instalaciones ya no tendrán que dirigirse a
dos administraciones, ya que se suprime el requisito referido a la Consejería de Agricultura y Pesca.
A partir de ahora, el trámite sólo se llevará a cabo ante los
ayuntamientos en el caso de los núcleos zoológicos (dedicados a venta,
adiestramiento y cuidado de animales de compañía) y ante la Consejería
de Medio Ambiente en el resto de instalaciones.
El sector ganadero andaluz supone un 15%
de la Producción Final Agraria, con un valor de 1.544 millones de euros
anuales y un protagonismo destacado en la industria agroalimentaria.
Sus más de 116.000 explotaciones albergan 6,3 millones de cabezas, 18,4
millones de aves y 535.457 colmenas.
Andalucía es la primera comunidad
autónoma española en censos caprino y equino, así como en explotaciones
apícolas. Ocupa el segundo puesto en avicultura de carne, el cuarto en
ganado bovino y porcino y el quinto en ovino.